miércoles, 22 de agosto de 2007

La Quiebra

La quiebra

La quiebra o bancarrota es una situación jurídica en la que una persona, empresa o institución no puede hacer frente a los pago que debe realizar o que estos son superiores a sus recursos económicos disponibles es decir a sus activos.

A la persona física o jurídica que se encuentre en estado de quiebra se le denomina “Fallido”. Cuando el fallido o deudor se encuentra declarado judicial en estado de quiebra se procede a un juicio de quiebra en el cual se examina si el deudor puede o no atender a parte de la deuda con su patrimonio y alas obligaciones de pago pendiente.

Existen tres especies de quiebre:

v Quiebra fortuita: proviene de casos fortuitos o de fuerza mayor que conducen al comerciante a la cesación de sus pagos y a la imposibilidad de continuar sus negocios

v Quiebra culpable: es la ocasionada por una conducta imprudente o disipada de parte del fallido.

v Quiebra fraudulenta: es en la que ocurren actos fraudulentos del fallido para perjudicar a sus acreedores.

Todo comerciante que se declare debe hacer por escrito la manifestación de ella ante el juez de comercio de su domicilio mercantil dentro de los tres días siguientes a la cesación de sus pagos.

En caso de quiebra de una sociedad en comandita la manifestación contendrá el nombre y domicilio de cada uno de los socios comanditarios que no hayan entregado todo su capital.

Liquidación en quiebra

Implica la venta de todos activos de la empresa para satisfacer a los acreedores con los ingresos obtenidos en función de ciertas prioridades

La liquidación de una empresa quebrada ocurre usualmente una vez que los tribunales hayan determinado que la reorganización no es viable.

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