domingo, 19 de agosto de 2007

Sociedades en Comandita

Sociedades en Comandita

La compañía en comandita se administra por socios responsables sin limitación y solidariamente

Su razón social es que debe necesariamente el nombre de uno o varios de los socios solidariamente responsable , a menos que sea el de una compañía sucesora de otra y se presente con tal carácter.

El comanditario cuyo nombre quede incluido en la razón social es responsable de todas las obligaciones de la compañía como socio solidario.

Cuando en una compañía en comandita haya dos o mas socios solidarios, ya administren los negocios de la compañía todos juntos, ya uno o varios por todos, regirán respecto de ellas las reglas de la compañía en nombre colectivo, y respecto de los comanditarios las reglas de la compañía en comandita.

Los socios comanditarios solo responden por los actos de la sociedad con el capital que pusieron o debieron poner en ella.

Los comanditarios no pueden ejecutar acto alguno de administración, ni pueden ser apoderados generales de la sociedad; pero si pueden ser apoderados especiales de ella, expresándolo claramente. La contravención esta disposición hace responsable al comanditario como socio.

Esta prohibición no se extiende a los contratos que la compañía haga por su cuenta con los comanditarios como si fuesen extraños.


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